Finalmente y no después de una ardua búsqueda he conseguido la Sentencia del Tribunal STC 31/2019 de fecha 28 de febrero de 2019, es la Sentencia Constitucional sobre cláusulas abusivas
Os la pongo en el siguiente enlace:
A final de semana os haré un detalle de los motivos que avalan la lucha contra los fondos buitre, pero os dejo un enumerado de los puntos que aborda:
- Posibilidad de solicitar la revisión de cláusulas abusivas diferentes en diferentes momentos procesales.
- Viabilidad de la nulidad de actuaciones como instrumento de oposición por cláusulas abusivas.
- Innecesariedad de respetar el plazo de los 10 días para formular la oposición por cláusulas abusivas.
También contiene puntos negativos que os enumero:
- Imposibilidad de pedir nuevas revisiones de cláusulas si ya han sido revisadas, aunque haya cambiado el criterio de abusividad.
En definitiva, es un gran paso que el Constitucional admita y se haya pronunciado sobre la indefensión que crea la no revisión de la abusividad.
El viernes salvo fuerza mayor os redacto un artículo donde explico de forma inteligible lo que dice nuestro Tribunal Supremo sobre las cláusulas abusivas en las hipotecas.
Como siempre finalizo animando a que luchéis contra los fondos buitre, y si queréis que os asesore y os defienda en la denuncia, me tenéis a vuestra disposición, en el teléfono 91.567.28.20 y el correo david_garcia@garciamontoliu.com.
Igualmente podéis contactar conmigo en las webs garciamontoliu.com, exoneratudeuda.com.
One thought on “EL CONSTITUCIONAL NOS DA LA RAZÓN FRENTE A LOS FONDOS BUITRE”